Javier escribió:No, la categoria profesional que tiene que figurar en los contratos es Técnico Administrativo, si es para esa Ocupación.
Cuidado con lo que se dice, administradores...
Cuidado con hacer caso a lo primero que nos dicen, usuarios...
La categoría del contrato NO tiene porqué ser la
misma que la de la ocupación, puede ser
equivalente. Lo digo por propia experiencia en otras convocatorias de AENA y las bases en ese aspecto son casi calcadas.
Yo recomendaría a todo el que tenga los tres documentos que piden para experiencia en otras empresas, que lo entreguen, y que se aseguren de que la empresa emite un certificado en el que se establezca que los trabajos realizados son similares o análogos a los de la ocupación solicitada.