Os emplazo a leer detenidamente el punto 10, apartado c) de las Bases de la Convocatoria.
Creo que lo detalla con gran claridad:
c) Renuncias a contrataciones fijas.
Para contrataciones fijas, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.1.b) del I Convenio Colectivo del Grupo (ENAIRE / Aena S.A.), en el supuesto que un/a candidato/a renuncie a una contratación de carácter fijo para la Bolsa de ocupación/especialidad y Centro al que pertenece, quedará excluido/a de Todas las Bolsas de Candidatos/as en Reserva constituidas en la presente Convocatoria, teniendo en cuenta las excepciones contempladas en el artículo 28.1.b) del I Convenio Colectivo del Grupo (ENAIRE / Aena S.A.).