Vaya.. me ha costado encontrar lo que mencionas. Entiendo que se refiere a Aeródromo Anterior y Aeródromo Siguiente. Si te fijas sigue el formato SCR y, por ejemplo, se puede ver el la Página 112 de la Unidad Geslot TR que el campo refiere a un Indicativo de lugar.
Estoy de acuerdo en que todo los que hay en la documentación puede ser objeto de examen..., pero si quieren ponerlo difícil lo harán.
Yo hay cosas de las que he desistido porque la verdad, creo que no lo sepan ni los "futuros compañeros" que lleven trabajando muchos años, al menos de memoria.
hola , de nuevo encuentro una duda , puesto que en lugares diferentes del temario se contradice. Derecho de cabotaje, sólo España o desde 1997 también miembros de UE?
Desde el año 1997, los Servicios de Cabotaje han quedado liberalizados en la Unión Europea para Compañías Aéreas Europeas.
Es lo mismo que existía anteriormente, es decir, los Servicios de Cabotaje en España estaban reservados únicamente a Compañías Aéreas Españolas, desde 1997 (1 de abril, creo recordar) ha quedado abierto a todas las compañías de la UE, al igual que los servicios de cabotaje de los paises UE han quedado abiertos a compañias españolas... Ahora bien, mi duda es: ¿Qué va a pasar tras el Brexit con Reino Unido? Más que nada porque tengo dudas con Iberia que pertenece a British.
Lo que ha cambiado es basicamene que una compañía extranjera puede hacer rutas fuera de su nacionalidad, por ejemplo Ryanair puede hacer la ruta Madrid- Alicante, cuando esto estaba antes solo reservado para las cias. nacionales, esto es Cabotaje, 8 libertad del aire, Evidentemente tienen que ser del entorno de la ECAC.