Buenas tardes.
Tengo una duda desde hace unos días y me dirijo a vosotros porque seguramente me saquéis de ella con información más fidedigna y de primera que la que yo pueda encontrar.
Mi duda es acerca de las acreditaciones aeroportuarias que permitan el acceso a los trabajadores a las zonas restringidas de seguridad. Mi pregunta es si la evaluación de la idoneidad de la persona que dice la norma para conceder dicha acreditación se hace siempre y aun teniendo algún antecedente penal, por ejemplo, puede resultar APTA, o ya por tener un antecedente penal se da directamente por NO APTA?
Me he leído la norma y yo entiendo que se estudia a cada persona y aun teniendo algún antecedente penal esa valoración puede darse como APTA. Precisamente en el apartado 9 de una resolución referida al Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil (https://www.boe.es/boe/dias/2016/01/27/ ... 16-726.pdf) se especifican una relación de delitos que sí provocan que ese informe de idoneidad sea negativo (NO APTO) siempre, “sin perjuicio del posible resultado negativo de la evaluación de idoneidad en atención a la consideración de otros antecedentes penales o de otras circunstancias personales”. Por esto, yo entiendo que con algún delito que no sea ninguno de los mencionados en ese apartado 9 sí pueda concederse la acreditación.
Me gustaría que me indicarais si sabéis cómo se suele estar haciendo, casos que conozcáis en primera persona, etc. Por ejemplo en el caso de un delito muy común como es dar positivo en un control de alcoholemia y que te retiren el permiso de conducir menos de un año, ¿afectaría ese delito en los antecedentes penales para alguien que fuera a trabajar en una compañía en pasaje, no en pista? Al tratarse este de un delito más que común, de hecho no aparece en la lista de delitos que directamente provocan un informe NO APTO, creo que en muchos aeropuertos puede haber empleados, o candidatos a serlo, con este antecedente y no por eso son un peligro para la seguridad, ni son delincuentes en potencia, ni nada de eso, si no que es algo puntual, y mucho menos hay que negarles el empleo, porque está claro que sin esta tarjeta no se puede trabajar en ningún aeropuerto.
Muchas gracia de antemano y espero que podáis sacarme de dudas.
Un saludo!!